Reglamento Servicios Postales (RD 1829/1999)

Artículo 62 — Reglamento Servicios Postales (RD 1829/1999)

Artículo 62. Sellos u otros signos distintivos previamente estampados.

Servirán como franqueo, siempre que estén oficialmente emitidos, los sellos o signos distintivos que estén incorporados a la cubierta del envío postal, siendo la venta de la cubierta (sobres, tarjetas y cartas-sobre) y la realización del franqueo efectuadas simultáneamente.