Disposición adicional única. Referencias al Secretario General de la Administración de Justicia.
Las referencias efectuadas en el presente reglamento al Secretario General de la Administración de Justicia se entenderán realizadas a la persona titular de la Secretaría General para la Innovación y Calidad del Servicio Público de Justicia, o a la persona titular del órgano que asuma las funciones atribuidas a este último.
Se añade por el art. 1.56 del Real Decreto 1280/2024, de 17 de diciembre. Ref. BOE-A-2024-26773