Reglamento Secretarios Judiciales (RD 1608/2005)

Artículo 179 — Reglamento Secretarios Judiciales (RD 1608/2005)

Artículo 179. Traslado al interesado para formular alegaciones.

1) Cumplimentadas las precedentes diligencias, el Instructor pondrá de manifiesto el expediente al interesado con carácter inmediato para que en el plazo de diez días alegue lo que estime pertinente a su defensa y aporte cuantos documentos considere de interés.

2) Se facilitará copia completa del expediente al interesado cuanto éste así lo solicite.

Artículo 179. Traslado a la persona interesada para formular alegaciones.

Cumplimentadas las precedentes diligencias, el Instructor o la Instructora pondrá de manifiesto el expediente a la persona interesada con carácter inmediato, facilitándole copia completa, para que en el plazo de diez días alegue lo que estime pertinente a su defensa y aporte cuantos documentos considere de interés.

Se modifica por el art. 1.49 del Real Decreto 1280/2024, de 17 de diciembre. Ref. BOE-A-2024-26773