Reglamento Ingreso Justicia (RD 1451/2005)

Artículo 36 — Reglamento Ingreso Justicia (RD 1451/2005)

Artículo 36. Características de las pruebas.

En las convocatorias podrá establecerse la exención de las pruebas encaminadas a acreditar los conocimientos ya exigidos para el acceso al cuerpo de origen, pudiendo valorarse los cursos y programas de formación superados.