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Eurojust debe reforzar su cooperación con las autoridades competentes de terceros países y de organizaciones internacionales, con arreglo a una estrategia elaborada en consulta con la Comisión. A tal fin, se debe prever la posibilidad de que Eurojust envíe magistrados de enlace en comisión de servicio a terceros Estados para lograr objetivos similares a los asignados a los magistrados de enlace enviados en comisión de servicio por los Estados miembros en virtud de la Acción Común 96/277/JAI del Consejo (13). |