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Por persona debidamente cualificada se entiende aquella que tiene las cualificaciones y la experiencia necesarias para desempeñar las funciones necesarias para que la oficina nacional funcione eficazmente. Podrá tener la condición de adjunto o asistente del miembro nacional que haya sido elegido Presidente, o bien desempeñar una función de índole más administrativa o técnica. Cada Estado miembro debe poder establecer sus propios requisitos a este respecto. |