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El Colegio deberá elegir a un presidente y a dos vicepresidentes para Eurojust de entre los miembros nacionales para un mandato de cuatro años. Cuando un miembro nacional sea elegido presidente, el Estado miembro de que se trate debe poder destacar a otra persona debidamente cualificada a la oficina nacional y solicitar una compensación con cargo al presupuesto de Eurojust. |