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Es conveniente que las autoridades de control nacionales establecidas de conformidad con el Reglamento (UE) 2016/679 supervisen la legalidad del tratamiento de datos personales por los Estados miembros, mientras que el Supervisor Europeo de Protección de Datos, establecido por el Reglamento (UE) 2018/1725, supervisa las actividades de las instituciones, órganos y organismos de la Unión en relación con el tratamiento de datos personales llevado a cabo en aplicación del presente Reglamento. Dichas autoridades de control y el Supervisor Europeo de Protección de Datos deben cooperar entre sí en la supervisión del tratamiento de datos personales, también en el contexto del Comité de Supervisión Coordinada creado en el marco del Comité Europeo de Protección de Datos. |