Reglamento EURODAC 2024/1358

(73) A fin de proteger los datos personales y excluir comparaciones sistemáticas que deben estar prohibidas, el tratamie — Reglamento EURODAC 2024/1358

(73)

A fin de proteger los datos personales y excluir comparaciones sistemáticas que deben estar prohibidas, el tratamiento de los datos de Eurodac solo debe efectuarse en casos específicos y cuando sea necesario para los fines de prevención, detección o investigación de los delitos de terrorismo o de otros delitos graves. Un caso específico se da, en particular, cuando la solicitud de comparación está vinculada a una situación específica y concreta, a un peligro específico y concreto asociado a un delito de terrorismo u otros delitos graves, o a personas específicas respecto de las cuales haya motivos fundados para creer que han cometido o cometerán cualquiera de dichos delitos. Se da también un caso específico cuando la solicitud de comparación está vinculada con una persona que es víctima de un delito de terrorismo u otro delito grave. Las autoridades designadas de los Estados miembros y la autoridad designada de Europol, por tanto, solo deben solicitar una comparación con Eurodac cuando tengan motivos fundados para creer que dicha comparación facilitará información que les ayudará sustancialmente en la prevención, detección o investigación de un delito de terrorismo u otro delito grave.