Reglamento EURODAC 2024/1358

(67) Se han encomendado a eu-LISA las tareas de la Comisión relacionadas con la gestión operativa de Eurodac de conformi — Reglamento EURODAC 2024/1358

(67)

Se han encomendado a eu-LISA las tareas de la Comisión relacionadas con la gestión operativa de Eurodac de conformidad con el presente Reglamento y determinadas tareas relacionadas con la Infraestructura de Comunicación a partir del 1 de diciembre de 2012, la fecha en que eu-LISA asumió sus responsabilidades. Además, Europol debe tener el estatuto de observador en las reuniones del Consejo de Administración de eu-LISA cuando figure en el orden del día algún asunto relativo a la aplicación del presente Reglamento en relación con el acceso para consultar Eurodac por parte de las autoridades designadas de los Estados miembros y por la autoridad designada de Europol, con fines de prevención, detección o investigación de los delitos de terrorismo o de otros delitos graves. Europol debe poder nombrar a un representante en el Grupo consultivo Eurodac de eu-LISA.