Reglamento EURODAC 2024/1358

(63) Con miras a prevenir y controlar eficazmente los movimientos no autorizados de nacionales de terceros países o apát — Reglamento EURODAC 2024/1358

(63)

Con miras a prevenir y controlar eficazmente los movimientos no autorizados de nacionales de terceros países o apátridas que no tengan derecho a permanecer en la Unión, así como a tomar las medidas necesarias para ejecutar satisfactoriamente el retorno y la readmisión efectivos a terceros países de conformidad con la Directiva 2008/115/CE y teniendo en cuenta el derecho a la protección de los datos personales, debe considerarse necesario un período de cinco años para la conservación de los datos biométricos y alfanuméricos.