Reglamento EURODAC 2024/1358

(54) Cuando resulte necesario, las respuestas positivas serán comprobadas por un experto cualificado en impresiones dact — Reglamento EURODAC 2024/1358

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Cuando resulte necesario, las respuestas positivas serán comprobadas por un experto cualificado en impresiones dactilares a fin de garantizar la correcta determinación de responsabilidad con arreglo al Reglamento (UE) 2024/1351, la identificación exacta del nacional de un tercer país o apátrida y la identificación exacta de personas sospechosas de haber cometido delitos o personas víctimas de delitos cuyos datos puedan conservarse en Eurodac. Las comprobaciones por un experto cualificado se deben considerar necesarias cuando existan dudas acerca de si el resultado de la comparación de los datos sobre las impresiones dactilares se refiere a la misma persona, en particular cuando los datos correspondientes a una respuesta positiva de impresión dactilar se refieran a una persona de un sexo distinto o cuando los datos de la imagen facial no se correspondan con los rasgos faciales de la persona cuyos datos biométricos se hayan tomado. Las respuestas positivas que se obtengan de Eurodac basadas en imágenes faciales también serán comprobadas por un experto cualificado con arreglo a la práctica nacional cuando solo se establezca la comparación con los datos de la imagen facial. Cuando se comparen simultáneamente los datos de impresiones dactilares e imágenes faciales y se obtenga una respuesta positiva para ambos conjuntos de datos biométricos, los Estados miembros deben poder comprobar el resultado de la comparación de los datos de la imagen facial.