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Los Estados miembros deben garantizar una calidad adecuada en la transmisión de datos biométricos a efectos de su comparación mediante el sistema informatizado de reconocimiento facial y de impresiones dactilares. Todas las autoridades con derecho de acceso a Eurodac deben invertir en la formación adecuada y el equipo técnico necesario. Las autoridades con derecho de acceso a Eurodac deben informar a eu-LISA sobre las dificultades específicas que detecten en la calidad de los datos, a fin de resolverlas. |