Reglamento eIDAS

(69) Se anima a las instituciones, órganos y organismos de la Unión Europea a reconocer la identificación electrónica y — Reglamento eIDAS

(69)

Se anima a las instituciones, órganos y organismos de la Unión Europea a reconocer la identificación electrónica y los servicios de confianza que contempla el presente Reglamento a efectos de la cooperación administrativa, aprovechando en particular las buenas prácticas existentes y los resultados de los proyectos en curso en los ámbitos previstos por el presente Reglamento.