Reglamento del Senado

Disposición final del Reglamento del Senado: Disposición final

Texto consolidado del BOE.

Disposición final.

Este texto refundido entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de las Cortes Generales», Senado, quedando derogado a partir de ese momento el Reglamento de 26 de mayo de 1982 y sus modificaciones de 11 de noviembre de 1992, 6 de octubre de 1993 y 11 de enero de 1994, y permaneciendo vigentes las Normas interpretativas y supletorias dictadas para su desarrollo, en cuanto no se opongan al presente texto refundido.