Reglamento Bienes EELL

Artículo 53 del Reglamento Bienes EELL

Texto consolidado del BOE.

Artículo 53.

La resolución del expediente de investigación corresponde al órgano competente de la Corporación, previo informe del Secretario. Si la resolución es favorable, se procederá a la tasación de la finca o derecho, su inclusión en el inventario, y adopción de las medidas tendentes a la efectividad de los derechos de la Corporación.