Reglamento Bienes EELL

Artículo 19 del Reglamento Bienes EELL

Texto consolidado del BOE.

Artículo 19.

1. La reseña de los bienes en el inventario se efectuará con numeración correlativa por cada uno de ellos, dentro del respectivo epígrafe.

2. A continuación, se dejará espacio en blanco para consignar las variaciones que se produjeren en el curso del ejercicio y la cancelación de los asientos.