RDL 670/1987

Artículo 60 de RDL 670/1987: No duplicidad de cobertura

Texto consolidado del BOE.

Artículo 60. No duplicidad de cobertura.

Lo dispuesto en el artículo 26 de este texto será de aplicación a las pensiones de Clases Pasivas causadas con posterioridad a 1 de enero de 1985, independientemente de la legislación que les sea aplicable.