RDL 4/2000

Artículo 1 — RDL 4/2000

Artículo 1. Régimen especial de la Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado.

El Régimen especial de la Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado se rige por lo dispuesto en la presente Ley y en sus normas de aplicación y desarrollo, así como por la legislación de Clases Pasivas del Estado.