RDL 2/2004

Disposición adicional decimocuarta de RDL 2/2004: Disposición adicional decimocuarta. Notificaciones en los tributos periódicos

Texto consolidado del BOE.

Disposición adicional decimocuarta. Notificaciones en los tributos periódicos.

Cuando se produzcan modificaciones de carácter general de los elementos integrantes de los tributos de cobro periódico por recibo, a través de las correspondientes ordenanzas fiscales, no será necesaria la notificación individual de las liquidaciones resultantes, salvo en los supuestos establecidos en el apartado 3 del artículo 102 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

Se añade, con efectos desde el 1 de enero de 2013, por el art. 14.7 de la Ley 16/2012, de 27 de diciembre. Ref. BOE-A-2012-15650.