CAPÍTULO III
Cesión de recaudación de impuestos del Estado
El modelo de financiación de las entidades locales descrito en este capítulo entra en vigor el 1 de enero de 2004, según establece la disposición final única.
CAPÍTULO III
Cesión de recaudación de impuestos del Estado
El modelo de financiación de las entidades locales descrito en este capítulo entra en vigor el 1 de enero de 2004, según establece la disposición final única.
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