RDL 2/2004

Artículo 80 de RDL 2/2004: Prueba del ejercicio de actividad económica gravada

Texto consolidado del BOE.

Artículo 80. Prueba del ejercicio de actividad económica gravada.

El ejercicio de las actividades gravadas se probará por cualquier medio admisible en derecho y, en particular, por los contemplados en el artículo 3 del Código de Comercio.