RDL 1/2020

Artículo 519 — RDL 1/2020

Artículo 519. Prejudicialidad penal.

La incoación de procedimientos criminales relacionados con el deudor o por hechos que tuvieran relación o influencia en el concurso de acreedores no provocará la suspensión de la tramitación de este, ni de ninguna de las secciones en que se divide.