RDL 1/2020

Artículo 341 — RDL 1/2020

Artículo 341. Traslado de la propuesta de convenio.

1. El Letrado de la Administración de Justicia dará traslado a las partes personadas en el concurso de la propuesta o propuestas presentadas.

2. En el caso de propuesta anticipada de convenio, el traslado se efectuará en cada una de las resoluciones por las que se tenga por personados a los interesados.

3. El traslado de la propuesta no procederá a aquellos acreedores que se hubieran adherido a la propuesta.

Artículo 341. Traslado de la propuesta de convenio.

1. El letrado de la Administración de Justicia dará traslado de la propuesta o propuestas presentadas a las partes personadas en el procedimiento.

2. El traslado de la propuesta o propuestas no procederá a aquellos acreedores que se hubieran adherido a la misma.

Se modifica por el art. único.75 de la Ley 16/2022, de 5 de septiembre. Ref. BOE-A-2022-14580#au