Artículo 334. Adhesiones iniciales a la propuesta anticipada de convenio.
Cuando la propuesta anticipada de convenio se presente con la propia solicitud de concurso voluntario, deberá ir acompañada de las adhesiones de acreedores de cualquier clase, prestadas en instrumento público, cuyos créditos alcancen la décima parte del pasivo presentado por el deudor. En los demás casos, las adhesiones a la propuesta anticipada de convenio deberán superar la quinta parte de ese pasivo.
Artículo 334. Adhesiones iniciales a la propuesta anticipada de convenio.
(Suprimido)
Se suprime por el art. único.74 de la Ley 16/2022, de 5 de septiembre. Ref. BOE-A-2022-14580#au