RDL 1/2020

Artículo 321 de RDL 1/2020: Propuesta con limitación de facultades

Texto consolidado del BOE. Se estudia en Tramitación Procesal. Practicar con tests.

Artículo 321. Propuesta con limitación de facultades.

1. La propuesta de convenio podrá contener medidas prohibitivas o limitativas del ejercicio por el deudor de las facultades de administración y de disposición, durante el periodo de cumplimiento del convenio, sobre bienes y derechos de la masa activa.

2. Las medidas prohibitivas o limitativas serán inscribibles en los registros públicos correspondientes y, en particular, en los que figuren inscritos los bienes o derechos afectados por ellas.

La inscripción no impedirá el acceso a los registros públicos de los actos contrarios, pero perjudicará a cualquier titular registral la sentencia que declare la ineficacia del acto.

Artículo 321. Propuesta con limitación de facultades.

1. La propuesta de convenio podrá contener medidas prohibitivas o limitativas del ejercicio por el deudor de las facultades de administración y de disposición, durante el periodo de cumplimiento del convenio, sobre bienes y derechos de la masa activa.

2. Las medidas prohibitivas o limitativas serán inscribibles en los registros públicos correspondientes y, en particular, en los que figuren inscritos los bienes o derechos afectados por ellas.

Se suprime el segundo párrafo del apartado 2 por el art. único.72 de la Ley 16/2022, de 5 de septiembre. Ref. BOE-A-2022-14580#au