Texto consolidado del BOE. Se estudia en Tramitación Procesal. Practicar con tests.
Artículo 262. Créditos litigiosos.
1. Los créditos litigiosos seguirán el mismo régimen de los créditos sometidos a condición suspensiva.
2. A los efectos de esta ley tendrá la condición de crédito litigioso desde que se conteste la demanda relativa al mismo.