Artículo 295. Derecho a obtención de copia del inventario y de la lista de acreedores.
Quien esté personado en el concurso de acreedores tendrá derecho a solicitar y a obtener de inmediato, a su costa, copia del informe de la administración concursal y de los documentos complementarios.
Artículo 295. Derecho a obtención de copia del inventario y de la lista de acreedores.
(Suprimido)
Se suprime por el art. único.65 de la Ley 16/2022, de 5 de septiembre. Ref. BOE-A-2022-14580#au