RDL 1/2013

Artículo 88 — RDL 1/2013

Artículo 88. Cumplimiento de las obligaciones establecidas en esta ley y en la legislación autonómica.

El abono por parte del responsable de las multas impuestas como consecuencia de una sanción establecida en esta ley y la legislación autonómica correspondiente, no eximirá del cumplimiento de las obligaciones previstas en la normativa en materia de discapacidad que sea de aplicación.