RDL 1/2013

Artículo 53 de RDL 1/2013: Derecho de participación en la vida política

Texto consolidado del BOE.

Artículo 53. Derecho de participación en la vida política.

Las personas con discapacidad podrán ejercer el derecho de participación en la vida política y en los procesos electorales en igualdad de condiciones que el resto de los ciudadanos conforme a la normativa en vigor. Para ello, las administraciones públicas pondrán a su disposición los medios y recursos que precisen.