RD 887/2006

Artículo 69 — RD 887/2006

Artículo 69. Modalidades de justificación de la subvención.

La justificación por el beneficiario del cumplimiento de las condiciones impuestas y de la consecución de los objetivos previstos en el acto de concesión de la subvención, podrá revestir las siguientes modalidades:

1) Cuenta justificativa, adoptando una de las formas previstas en el Sección 2.ª de este Capítulo.

2) Acreditación por módulos.

3) Presentación de estados contables.