Artículo 25. Acreditación del cumplimiento de obligaciones por reintegro de subvenciones.
La acreditación del cumplimiento de obligaciones por reintegro de subvenciones se realizará mediante declaración responsable del beneficiario o de la entidad colaboradora.
Se suprime la última frase por la disposición final 1.3 del Real Decreto 130/2019, de 8 de marzo. Ref. BOE-A-2019-4671#df