Disposición adicional primera. Baja en los aplazamientos concedidos y en el proceso selectivo de ingreso en la categoría de Policía previos a la adquisición de la condición de personal funcionario de carrera por oposición libre en la categoría de Inspector o Inspectora.
La persona aspirante a adquirir la condición de personal funcionario de carrera en la categoría de Inspector o Inspectora por oposición libre, que tuviera aplazado el curso o el módulo de formación práctica en el proceso selectivo para el ingreso en la categoría de Policía, causará baja de oficio en el citado proceso selectivo en el momento en el que adquiera la condición de personal funcionario de carrera en la categoría de Inspector o Inspectora, quedando sin efecto el aplazamiento que tuviera concedido.