ESPECIFICACIÓN TÉCNICA NÚMERO 8.01
Carné de experto y carné de aprendiz para la realización de espectáculos pirotécnicos
1. Objeto y ámbito de aplicación.–La presente Especificación técnica tiene por objeto la regulación de las condiciones y requisitos preceptivos para la obtención de los carnés de experto y aprendiz para espectáculos, que acrediten la capacidad técnica y laboral de los trabajadores para que puedan desempeñar las tareas correspondientes especificadas en la Instrucción técnica complementaria número 8.
2. Requisitos para la obtención del carné de experto y aprendiz.
2.1 Requisitos generales: Los carnés, tanto de aprendiz como de experto, serán expedidos por el Área o Dependencia de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno correspondiente. El carné siempre estará ligado a un taller de preparación y montaje autorizado que realice o pretenda realizar espectáculos.
Los carnés de expertos incluirán habilitación para el uso de la categoría T2.
Las solicitudes para la obtención de los correspondientes carnés de aprendiz y experto serán realizadas por los empresarios titulares del taller de preparación y montaje autorizado, y se ajustarán a los modelos reflejados en los anexos I y II de la presente Especificación técnica.
2.2 Requisitos para la obtención del carné de aprendiz: Para la obtención del carné de aprendiz, los interesados deben cumplir los siguientes requisitos:
a) Tener cumplidos 18 años en el momento de realizar la solicitud al Área o Dependencia de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno correspondiente.
b) Estar al menos en posesión del certificado de estudios primarios en el momento de realizar la solicitud.
c) Haber recibido y superado una formación teórica organizada por la empresa de expertos a la cual pertenece, y cuyo contenido mínimo se ajuste a lo establecido en la presente Especificación técnica.
d) Estar en condiciones psicofísicas para la actividad de disparo pirotécnico, acreditadas por certificado médico.
2.3 Requisitos para la obtención del carné de experto: Para la obtención del carné de experto, los interesados deben cumplir los siguientes requisitos:
a) Estar en posesión del carné de aprendiz.
b) Tener cumplidos 18 años en el momento de realizar la solicitud al Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno correspondiente.
c) Acreditar, mediante certificación de la empresa de expertos, prácticas en al menos 10 espectáculos durante el mismo periodo continuado de alta en la empresa, bajo la tutela de un disparador acreditado con carné de experto.
Los trabajadores pertenecientes a un taller de preparación y montaje autorizado que a la entrada en vigor de esta Especificación técnica acrediten, mediante certificación de la empresa de expertos, una experiencia de más de un año como expertos, con permanencia continuada en la empresa, podrán solicitar directamente al Área o Dependencia de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno correspondiente, la obtención del carné de experto. Asimismo deberán acreditar estar en condiciones psicofísicas para la actividad de disparo pirotécnico.
El plazo para la regularización de su solicitud, por parte de la empresa, será de un año desde la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la presente norma.
3. Contenido mínimo de la formación teórica del aprendiz.–De acuerdo con lo previsto en el apartado anterior, el empresario titular del taller de preparación y montaje organizará la impartición de la formación correspondiente a los trabajadores que precisen obtener el carné de aprendiz para la realización de espectáculos pirotécnicos. Para ello deberá disponer de los medios adecuados, tanto materiales como humanos, pudiendo ser propios o ajenos, asegurándose oportunamente de la eficacia de unos u otros para la consecución de los objetivos marcados.
El programa formativo mínimo necesario para la obtención del carné de aprendiz, que tendrá una duración mínima de 25 horas, será el siguiente:
a) Composición y propiedades básicas de los distintos tipos de artificios pirotécnicos.
Conocimientos generales sobre el funcionamiento de los artificios pirotécnicos.
Aspectos teóricos básicos de los artificios y sus sistemas de iniciación.
b) Formación básica en técnicas de preparación de los artificios y de su disparo.
Elementos auxiliares para la colocación, protección, sujeción, etc.
Protección contra la humedad y la lluvia.
c) Formación básica sobre seguridad en el disparo de espectáculos pirotécnicos.
Seguridad en el manejo, almacenamiento, transporte y uso de artificios pirotécnicos.
Tratamiento de artificios fallidos.
d) Conocimiento de la legislación sobre espectáculos
Aprobación administrativa.
Zona de seguridad para la protección de espectadores, y zona de lanzamiento.
Prohibiciones en la zona de lanzamiento.
Inspecciones tras el espectáculo.
e) Formación en materia de prevención en la actividad propia del disparo de artificios pirotécnicos, de acuerdo con la planificación de la actividad preventiva específica de la empresa pirotécnica disparadora.
f) Ejemplos de incidentes y accidentes ilustrativos, fallos más representativos, y medidas para evitarlos.
Esta formación es independiente de la formación teórica y práctica en materia de seguridad y salud que el empresario debe proporcionar a cada trabajador, de acuerdo a lo establecido en el artículo 19 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.
Una vez superado el nivel de conocimiento establecido, los aspirantes a aprendiz recibirán una acreditación documental de ello expedida por el titular del taller de preparación y montaje autorizado, detallándose la duración y el contenido del curso impartido, de acuerdo con el programa formativo establecido en el presente apartado.
La empresa acompañará copia de esta acreditación al realizar la solicitud al Área o Dependencia de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno correspondiente, que expedirá el correspondiente carné de aprendiz cuya validez será indefinida o hasta que la empresa solicite el carné de experto.
4. Expedición y validez.–Cumplidos los requisitos para la obtención del carné, el Área o Dependencia de Industria y Energía de la Delegación de Gobierno correspondiente expedirá el carné profesional que tendrá validez en todo el territorio español.
La empresa y sus expertos tienen la obligación de adecuar y actualizar sus conocimientos en la materia ya adaptarlos a la situación técnica y reglamentaria del momento.
Los carnés profesionales tendrán un periodo de validez indefinido. No obstante, cada 5 años deberá presentarse al Área o Dependencia de Industria y Energía justificación del cumplimiento del requisito establecido en el apartado 2.2.d) de la presente Especificación técnica.
ANEXO I
Modelo de solicitud para carné de aprendiz
D…………………………………………………………………….........……………………..
como titular del taller de preparación y montaje autorizado ………………………………......
con domicilio social a efectos de notificaciones en:
……………………..……………………………………………………………………..................
con C.I.F. o NIF/NIE n.º……………………………………..
n.º de teléfono ……………… n.º de fax………………..
⃞ autoriza que sus datos de identidad personal puedan ser consultados mediante el Sistema de Verificación de Datos, en los términos establecidos por el Real Decreto 522/2006, de 28 de abril, por el que se suprime la aportación de fotocopias de documento de identidad en los procedimientos administrativos de la Administración General del Estado y de sus organismos públicos.
De no dejar constancia del consentimiento para la consulta de los datos mediante el marcado con un «X» de la casilla inicial del párrafo anterior, deberá acompañarse fotocopia del Documento Nacional de Identidad o, en el caso de extranjeros, fotocopia de la tarjeta de estudiante, de la Tarjeta de Identidad de Extranjero, o de la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión. En el caso de ciudadanos de la Unión Europea o de Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo o de cualquier otro Estado al que se extienda por Convenio Internacional el régimen previsto para los anteriores, presentarán copia de su certificado de registro, al que deberán acompañar asimismo copia de su Documento Nacional de Identidad o pasaporte, documentos que deberán estar en vigor.
SOLICITA
El Carné de Aprendiz a nombre de D.…………………………………………………, con NIF/ N.I.E.………..……… de………. años de edad y trabajador del taller anteriormente citado.
Se adjuntan los siguientes documentos:
Fotocopia del certificado de estudios primarios del aspirante a aprendiz.
Justificación de alta en la empresa.
Certificado de aptitud psicofísica del aspirante a aprendiz, para la actividad de disparo pirotécnico.
Acreditación documental de la formación impartida al aspirante de aprendiz, con detalle de la duración y el contenido del curso impartido.
En……………….., a……. de ………………….. de……..
Firma del titular del taller Firma del aspirante a aprendiz
ANEXO II
Modelo de solicitud para carné de experto
D…………………………………………………………………………………….........……..
como titular del taller de preparación y montaje autorizado…………..……………………….
con domicilio social a efectos de notificaciones en:
……………………..……………………………………………………………………..................
……………………………………………………………………………………………................
con C.I.F. o NIF/NIE n.º……………………………………..
n.º de teléfono……………… n.º de fax………………..
⃞ autoriza que sus datos de identidad personal puedan ser consultados mediante el Sistema de Verificación de Datos, en los términos establecidos por el Real Decreto 522/2006, de 28 de abril, por el que se suprime la aportación de fotocopias de documento de identidad en los procedimientos administrativos de la Administración General del Estado y de sus organismos públicos.
De no dejar constancia del consentimiento para la consulta de los datos mediante el marcado con un «X» de la casilla inicial del párrafo anterior, deberá acompañarse fotocopia del Documento Nacional de Identidad o, en el caso de extranjeros, fotocopia de la tarjeta de estudiante, de la Tarjeta de Identidad de Extranjero, o de la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión. En el caso de ciudadanos de la Unión Europea o de Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo o de cualquier otro Estado al que se extienda por Convenio Internacional el régimen previsto para los anteriores, presentarán copia de su certificado de registro, al que deberán acompañar asimismo copia de su Documento Nacional de Identidad o pasaporte, documentos que deberán estar en vigor.
SOLICITA
El Carné de Experto a nombre de D.…………………………………………………, con NIF./N.I.E.………..……… de………. años de edad y trabajador del taller anteriormente citado.
Se adjuntan los siguientes documentos:
Carné de Aprendiz.
Justificación de alta en la empresa.
Certificado de aptitud psicofísica del aspirante a experto, para la actividad de disparo pirotécnico.
Acreditación del periodo de prácticas como aprendiz de al menos 10 espectáculos.
En su caso, acreditación documental de la nueva formación teórico-práctica impartida recibida, con detalle de su duración y contenido.
En……………….., a……. de ………………….. de……..
Firma del titular del taller Firma del aspirante a experto
ESPECIFICACIÓN TÉCNICA NÚMERO 8.01
Carné de experto y carné de aprendiz para la realización de espectáculos pirotécnicos
1. Objeto y ámbito de aplicación.–La presente Especificación técnica tiene por objeto la regulación de las condiciones y requisitos preceptivos para la obtención de los carnés de experto y aprendiz para espectáculos, que acrediten la capacidad técnica y laboral de los trabajadores para que puedan desempeñar las tareas correspondientes especificadas en la Instrucción técnica complementaria número 8.
2. Requisitos para la obtención del carné de experto y aprendiz.
2.1 Requisitos generales: Los carnés, tanto de aprendiz como de experto, serán expedidos por el Área o Dependencia de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno correspondiente. El carné siempre estará ligado a un taller de preparación y montaje autorizado que realice o pretenda realizar espectáculos.
Los carnés de expertos incluirán habilitación para el uso de la categoría T2.
Las solicitudes para la obtención de los correspondientes carnés de aprendiz y experto serán realizadas por los empresarios titulares del taller de preparación y montaje autorizado, y se ajustarán a los modelos reflejados en los anexos I y II de la presente Especificación técnica.
2.2 Requisitos para la obtención del carné de aprendiz: Para la obtención del carné de aprendiz, los interesados deben cumplir los siguientes requisitos:
a) Tener cumplidos 18 años en el momento de realizar la solicitud al Área o Dependencia de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno correspondiente.
b) Estar al menos en posesión del certificado de estudios primarios en el momento de realizar la solicitud.
c) Haber recibido y superado una formación teórica organizada por la empresa de expertos a la cual pertenece, y cuyo contenido mínimo se ajuste a lo establecido en la presente Especificación técnica.
d) Estar en condiciones psicofísicas para la actividad de disparo pirotécnico, acreditadas por certificado médico.
2.3 Requisitos para la obtención del carné de experto: Para la obtención del carné de experto, los interesados deben cumplir los siguientes requisitos:
a) Estar en posesión del carné de aprendiz.
b) Tener cumplidos 18 años en el momento de realizar la solicitud al Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno correspondiente.
c) Acreditar, mediante certificación de la empresa de expertos, prácticas en al menos 10 espectáculos durante el mismo periodo continuado de alta en la empresa, bajo la tutela de un disparador acreditado con carné de experto.
Los trabajadores pertenecientes a un taller de preparación y montaje autorizado que a la entrada en vigor de esta Especificación técnica acrediten, mediante certificación de la empresa de expertos, una experiencia como expertos de más de un año, con permanencia continuada en la empresa, o de más de tres años en períodos discontinuos, podrán solicitar directamente al Área o Dependencia de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno correspondiente, la obtención del carné de experto. Asimismo deberán acreditar estar en condiciones psicofísicas para la actividad de disparo pirotécnico.
3. Contenido mínimo de la formación teórica del aprendiz.–De acuerdo con lo previsto en el apartado anterior, el empresario titular del taller de preparación y montaje organizará la impartición de la formación correspondiente a los trabajadores que precisen obtener el carné de aprendiz para la realización de espectáculos pirotécnicos. Para ello deberá disponer de los medios adecuados, tanto materiales como humanos, pudiendo ser propios o ajenos, asegurándose oportunamente de la eficacia de unos u otros para la consecución de los objetivos marcados.
El programa formativo mínimo necesario para la obtención del carné de aprendiz, que tendrá una duración mínima de 25 horas, será el siguiente:
a) Composición y propiedades básicas de los distintos tipos de artificios pirotécnicos.
Conocimientos generales sobre el funcionamiento de los artificios pirotécnicos.
Aspectos teóricos básicos de los artificios y sus sistemas de iniciación.
b) Formación básica en técnicas de preparación de los artificios y de su disparo.
Elementos auxiliares para la colocación, protección, sujeción, etc.
Protección contra la humedad y la lluvia.
c) Formación básica sobre seguridad en el disparo de espectáculos pirotécnicos.
Seguridad en el manejo, almacenamiento, transporte y uso de artificios pirotécnicos.
Tratamiento de artificios fallidos.
d) Conocimiento de la legislación sobre espectáculos
Aprobación administrativa.
Zona de seguridad para la protección de espectadores, y zona de lanzamiento.
Prohibiciones en la zona de lanzamiento.
Inspecciones tras el espectáculo.
e) Formación en materia de prevención en la actividad propia del disparo de artificios pirotécnicos, de acuerdo con la planificación de la actividad preventiva específica de la empresa pirotécnica disparadora.
f) Ejemplos de incidentes y accidentes ilustrativos, fallos más representativos, y medidas para evitarlos.
Esta formación es independiente de la formación teórica y práctica en materia de seguridad y salud que el empresario debe proporcionar a cada trabajador, de acuerdo a lo establecido en el artículo 19 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.
Una vez superado el nivel de conocimiento establecido, los aspirantes a aprendiz recibirán una acreditación documental de ello expedida por el titular del taller de preparación y montaje autorizado, detallándose la duración y el contenido del curso impartido, de acuerdo con el programa formativo establecido en el presente apartado.
La empresa acompañará copia de esta acreditación al realizar la solicitud al Área o Dependencia de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno correspondiente, que expedirá el correspondiente carné de aprendiz cuya validez será indefinida o hasta que la empresa solicite el carné de experto.
4. Expedición y validez.–Cumplidos los requisitos para la obtención del carné, el Área o Dependencia de Industria y Energía de la Delegación de Gobierno correspondiente expedirá el carné profesional que tendrá validez en todo el territorio español.
La empresa y sus expertos tienen la obligación de adecuar y actualizar sus conocimientos en la materia ya adaptarlos a la situación técnica y reglamentaria del momento.
Los carnés profesionales tendrán un periodo de validez indefinido. No obstante, cada 5 años deberá presentarse al Área o Dependencia de Industria y Energía justificación del cumplimiento del requisito establecido en el apartado 2.2.d) de la presente Especificación técnica.
ANEXO I
Modelo de solicitud para carné de aprendiz
D…………………………………………………………………….........……………………..
como titular del taller de preparación y montaje autorizado ………………………………......
con domicilio social a efectos de notificaciones en:
……………………..……………………………………………………………………..................
con C.I.F. o NIF/NIE n.º……………………………………..
n.º de teléfono ……………… n.º de fax………………..
⃞ autoriza que sus datos de identidad personal puedan ser consultados mediante el Sistema de Verificación de Datos, en los términos establecidos por el Real Decreto 522/2006, de 28 de abril, por el que se suprime la aportación de fotocopias de documento de identidad en los procedimientos administrativos de la Administración General del Estado y de sus organismos públicos.
De no dejar constancia del consentimiento para la consulta de los datos mediante el marcado con un «X» de la casilla inicial del párrafo anterior, deberá acompañarse fotocopia del Documento Nacional de Identidad o, en el caso de extranjeros, fotocopia de la tarjeta de estudiante, de la Tarjeta de Identidad de Extranjero, o de la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión. En el caso de ciudadanos de la Unión Europea o de Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo o de cualquier otro Estado al que se extienda por Convenio Internacional el régimen previsto para los anteriores, presentarán copia de su certificado de registro, al que deberán acompañar asimismo copia de su Documento Nacional de Identidad o pasaporte, documentos que deberán estar en vigor.
SOLICITA
El Carné de Aprendiz a nombre de D.…………………………………………………, con NIF/ N.I.E.………..……… de………. años de edad y trabajador del taller anteriormente citado.
Se adjuntan los siguientes documentos:
Fotocopia del certificado de estudios primarios del aspirante a aprendiz.
Justificación de alta en la empresa.
Certificado de aptitud psicofísica del aspirante a aprendiz, para la actividad de disparo pirotécnico.
Acreditación documental de la formación impartida al aspirante de aprendiz, con detalle de la duración y el contenido del curso impartido.
En……………….., a……. de ………………….. de……..
Firma del titular del taller Firma del aspirante a aprendiz
ANEXO II
Modelo de solicitud para carné de experto
D…………………………………………………………………………………….........……..
como titular del taller de preparación y montaje autorizado…………..……………………….
con domicilio social a efectos de notificaciones en:
……………………..……………………………………………………………………..................
……………………………………………………………………………………………................
con C.I.F. o NIF/NIE n.º……………………………………..
n.º de teléfono……………… n.º de fax………………..
⃞ autoriza que sus datos de identidad personal puedan ser consultados mediante el Sistema de Verificación de Datos, en los términos establecidos por el Real Decreto 522/2006, de 28 de abril, por el que se suprime la aportación de fotocopias de documento de identidad en los procedimientos administrativos de la Administración General del Estado y de sus organismos públicos.
De no dejar constancia del consentimiento para la consulta de los datos mediante el marcado con un «X» de la casilla inicial del párrafo anterior, deberá acompañarse fotocopia del Documento Nacional de Identidad o, en el caso de extranjeros, fotocopia de la tarjeta de estudiante, de la Tarjeta de Identidad de Extranjero, o de la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión. En el caso de ciudadanos de la Unión Europea o de Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo o de cualquier otro Estado al que se extienda por Convenio Internacional el régimen previsto para los anteriores, presentarán copia de su certificado de registro, al que deberán acompañar asimismo copia de su Documento Nacional de Identidad o pasaporte, documentos que deberán estar en vigor.
SOLICITA
El Carné de Experto a nombre de D.…………………………………………………, con NIF./N.I.E.………..……… de………. años de edad y trabajador del taller anteriormente citado.
Se adjuntan los siguientes documentos:
Carné de Aprendiz.
Justificación de alta en la empresa.
Certificado de aptitud psicofísica del aspirante a experto, para la actividad de disparo pirotécnico.
Acreditación del periodo de prácticas como aprendiz de al menos 10 espectáculos.
En su caso, acreditación documental de la nueva formación teórico-práctica impartida recibida, con detalle de su duración y contenido.
En……………….., a……. de ………………….. de……..
Firma del titular del taller Firma del aspirante a experto
Se modifica el apartado 2.3 por el art.9 del Real Decreto 1335/2012, de 21 de septiembre. Ref. BOE-A-2012-12198.