RD 563/2010

ESPECIFICACIÓN TÉCNICA 15.01 — RD 563/2010

ESPECIFICACIÓN TÉCNICA NÚMERO 15.01

Reconocimiento de la aptitud en seguridad de las máquinas para la recarga de cartuchos por particulares

1. Objeto

La presente Especificación técnica tiene por objeto establecer los requisitos que deben cumplir las máquinas de recarga de cartuchos en lo referente a la seguridad de uso y de producto, de acuerdo con lo establecido en el artículo 55.3 del Reglamento de artículos pirotécnicos y cartuchería, que permite autorizar a particulares la recarga de munición metálica para su propio consumo, siempre que se cumplan los requisitos de la Instrucción técnica complementaria número 15.

2. Procedimiento de reconocimiento de la aptitud en seguridad de las máquinas para la recarga de cartuchos por particulares

1. El procedimiento desarrollado en la presente Especificación técnica trata de determinar si la máquina cumple los requisitos deseables en cuanto a:

a) Seguridad de uso:

i. Debe impedirse la posibilidad de corte de circuito o chispas que puedan provocar incendio o explosión de los componentes del cartucho.

ii. En caso de accidente y explosión o deflagración de algún componente (pistón o pólvora) el operador debe estar protegido contra quemaduras o proyecciones.

iii. Los pistones no podrán comprimirse fuertemente unos contra otros en el proceso de alimentación de la máquina.

b) Seguridad de producto:

i. Debe asegurarse que la máquina proporcionará al cartucho una cantidad de pólvora determinada por el operador actuando sobre el dispositivo de dosificación, el cual en ningún caso podrá descalibrarse de forma que aumente la dosis programada.

ii. Debe asegurarse un posicionado correcto del pistón en la vaina.

iii. Debe asegurarse la correcta posición del proyectil/proyectiles sin posibilidad de que la masa de este varíe de la programada por el operador.

2. Descripción de los ensayos los diversos trámites del procedimiento.

a) Estudio de la documentación recibida y comprobación del funcionamiento de la máquina.

b) Determinación de la adecuación de las instrucciones que deben acompañar a la máquina para su manejo y funcionamiento.

c) Carga de una muestra de cartuchos utilizando diversas configuraciones de la máquina.

d) Desmontado de los cartuchos cargados y comprobación de la correlación entre los parámetros definidos para la carga y los obtenidos.

e) Manipulación de la máquina intentando producir fenómenos involuntarios (aflojados de tornillos, pólvoras con grumos, pistones mal posicionados en la caja etc.) que pudieran dar lugar a cargas defectuosas; comprobando in situ los mecanismos de seguro de la máquina.

f) Provocación de la detonación de un pistón en el proceso de pistonado y el fuego de una pequeña cantidad de pólvora para comprobar el grado de protección de las defensas.

3. Informe y certificación

A la vista del resultado de los trámites descritos en la presente Especificación técnica y de la documentación aportada por el peticionario, se determinará, por el Banco Oficial de Pruebas, la idoneidad de la máquina en cuanto a la seguridad y, en su caso, se procederá a la emisión del correspondiente informe o certificación.

4. Material y documentación

El peticionario deberá aportar:

a) Una máquina para ensayos.

b) Documentación técnica del fabricante sobre la máquina de ensayos (planos, croquis, etc.); si ésta no es suficiente, la máquina quedará depositada en el Banco de pruebas como testigo.

c) En caso de poseer documentos oficiales de cumplimiento de normativas legales, una copia legalizada de éstos.

d) Manual de instrucciones redactado al menos en castellano.

e) Los útiles y complementos necesarios para la recarga de diferentes calibres.