Artículo 49. Transporte en el interior del taller.
La distribución de las materias en el interior del taller se regulará de acuerdo a lo dispuesto en los procedimientos internos incluidos en la documentación establecida en los artículos 44 y 45.
Artículo 49. Transporte en el interior del taller.
La distribución de las materias en el interior del taller se regulará de acuerdo a lo dispuesto en los procedimientos internos incluidos en la documentación establecida en los artículos 44 y 45.
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