RD 563/2010

Artículo 41 de RD 563/2010: Obligación de comunicación de la producción real anual

Texto consolidado del BOE.

Artículo 41. Obligación de comunicación de la producción real anual.

El empresario titular del taller de fabricación de pirotecnia notificará, durante el mes de enero de cada año, a la Delegación del Gobierno correspondiente la producción real anual durante el año anterior.