RD 563/2010

Artículo 38 de RD 563/2010: Caducidad de las autorizaciones

Texto consolidado del BOE.

Artículo 38. Caducidad de las autorizaciones.

Las autorizaciones caducarán cuando hubiese transcurrido el plazo de ejecución y no se hubiesen ultimado las instalaciones en la fecha prevista por causa imputable a los propios interesados quienes, en todo caso, pueden solicitar prórroga mientras estén vigentes.