RD 563/2010

Artículo 168 — RD 563/2010

Artículo 168. Inspección.

En todo momento, los productos regulados se encontrarán sometidos a la inspección de la autoridad y, tratándose de cartuchería metálica en cantidad superior a 5000 unidades y mecha para uso en pirotecnia, bajo la protección de vigilantes reglamentariamente habilitados, conforme a lo dispuesto en la Instrucción técnica complementaria número 11.