Art. 88.
1. Corresponde la autorización y disposición de los gastos plurianuales al Pleno de la Entidad.
2. El Pleno podrá delegar dicha competencia de acuerdo con la normativa vigente.
Art. 88.
1. Corresponde la autorización y disposición de los gastos plurianuales al Pleno de la Entidad.
2. El Pleno podrá delegar dicha competencia de acuerdo con la normativa vigente.
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