RD 389/2021 AEPD

Artículo 48 — RD 389/2021 AEPD

Artículo 48. Asistencia jurídica.

La asistencia jurídica de la Agencia Española de Protección de Datos, consistente en el asesoramiento jurídico y en la representación y defensa en juicio, corresponde a la Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado, mediante la formalización del oportuno convenio en los términos previstos en la Ley 52/1997, de 27 de noviembre, de Asistencia Jurídica al Estado e Instituciones Públicas, y su normativa de desarrollo.