RD 375/2003

Artículo 143 — RD 375/2003

Artículo 143. Sistema financiero.

1. El sistema financiero del mutualismo administrativo es el de reparto, y su cuota revisable periódicamente.

2. En los casos en que la naturaleza de las prestaciones lo requiera, se constituirán asimismo fondos de garantía para cubrir posibles déficit de cotización o en casos anormales de siniestralidad.