RD 375/2003

Artículo 125 — RD 375/2003

Artículo 125. Cuantía de la prestación.

1. La cuantía de la prestación económica por parto múltiple se determinará mediante la aplicación de la tabla siguiente:

N.º de hijos causantes

N.º de veces del importe mensual del salario mínimo interprofesional

2

4

3

8

4 y más

12

2. El importe del salario mínimo interprofesional será el vigente en la fecha del hecho causante.