RD 311/2022

Artículo 29 — RD 311/2022

Artículo 29. Infraestructuras y servicios comunes.

La utilización de infraestructuras y servicios comunes de las administraciones públicas, incluidos los compartidos o transversales, facilitará el cumplimiento de lo dispuesto en este real decreto. Los supuestos concretos de utilización de estas infraestructuras y servicios serán determinados por cada administración pública.