Artículo único.
En desarrollo y ejecución de la Ley 23/1992, de 30 de julio, de Seguridad Privada, y del artículo 13 de la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana, se aprueba el Reglamento de Seguridad Privada, cuyo texto se inserta a continuación.