RD 220/2022

Artículo 21 — RD 220/2022

Artículo 21. Objetivo.

1. El objetivo de esta fase es apoyar la adquisición de autonomía de las personas beneficiarias de protección internacional o del estatuto de apatridia, así como la consolidación de conocimientos y habilidades que hagan efectiva su plena inclusión en la sociedad.

2. El inicio de la fase de autonomía se produce con la salida del recurso de acogida e implica la continuación del itinerario individualizado diseñado en la fase de acogida.