RD 2064/1995

Artículo 86 de RD 2064/1995: Convenios sobre premios de gestión y otras contraprestaciones

Texto consolidado del BOE. Se estudia en Administrativo del Estado. Practicar con tests.

Artículo 86. Convenios sobre premios de gestión y otras contraprestaciones.

Los premios de cobranza o gestión que se deriven de la recaudación de cuotas para organismos y entidades ajenos a la organización institucional de la Seguridad Social, serán liquidados por la Tesorería General de la Seguridad Social, en los términos establecidos en el apartado 1 del artículo 99 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del sistema de la Seguridad Social.