RD 176/2022 Código Conducta GC

Artículo 3 — RD 176/2022 Código Conducta GC

Artículo 3. Ámbito personal de aplicación.

El Código de Conducta será de aplicación a:

a) El personal de la Guardia Civil que se encuentre sujeto al régimen de derechos y deberes de los miembros del Cuerpo.

b) El alumnado de los centros docentes de formación para la incorporación por acceso directo a la Escala de Oficiales y a la Escala de Cabos y Guardias de la Guardia Civil.