Sección 3. Uso de armas en recreaciones históricas, espectáculos públicos, filmaciones y otras artes escénicas
Téngase en cuenta que la última actualización establecida por el art. 1.49 del Real Decreto 726/2020, de 4 de agosto. Ref. BOE-A-2020-9134#ap, entra en vigor el 5 de noviembre de 2020 según determina la disposición final 5 del citado real decreto:
Redacción anterior:
"Sección 3. Uso de armas en espectáculos públicos, filmaciones o grabaciones"
Se modifica por el art. 1.49 del Real Decreto 726/2020, de 4 de agosto. Ref. BOE-A-2020-9134#ap
Esta modificación entra en vigor el 5 de noviembre de 2020 según determina la disposición final 5 del citado real decreto.