RD 130/2017 Reglamento Explosivos

Disposición final tercera — RD 130/2017 Reglamento Explosivos

Disposición final tercera. Habilitaciones.

Mediante orden de los Ministros de Energía, Turismo y Agenda Digital, de Defensa y del Interior, conjunta o separadamente, según el ámbito de sus respectivas competencias, se actualizará el contenido técnico de las instrucciones técnicas complementarias y especificaciones técnicas del Reglamento de explosivos teniendo en cuenta la evolución de la técnica y lo que dispongan las normas internacionales, del Derecho de la Unión Europea y españolas, legales y reglamentarias, que se dicten sobre las materias a que aquellas se refieren.